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Jul 14, 2025

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ADRES reglamenta cuentas bancarias para beneficiarios del sistema de salud colombiano 2025

Resolución 0063609 fortalece control, digitalización y transparencia en registro bancario de beneficiarios ADRES

La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) expidió la Resolución 0063609 del 20 de junio de 2025, mediante la cual establece un nuevo marco normativo para el registro y modificación de cuentas bancarias de personas naturales y jurídicas beneficiarias de los recursos del sistema de salud colombiano.

Esta norma surge como respuesta a un contexto operativo y legal que exige mayor control, eficiencia y trazabilidad en el manejo de los fondos públicos. Deroga expresamente la Resolución 42993 de 2019, con lo cual unifica y actualiza los requisitos para realizar estos trámites, en línea con la Ley 2294 de 2023, el Decreto 088 de 2022 y políticas como el giro directo.

La resolución impone requisitos estrictos para prevenir fraudes, demoras y riesgos de corrupción. Entre ellos, se incluyen certificaciones bancarias, RUT, documentos de identidad, y formatos SARLAFT para validar la identidad de los beneficiarios. Además, restringe el uso de cuentas no autorizadas, como patrimonios autónomos o fondos de inversión colectiva.

“El objetivo es garantizar el uso transparente, oportuno y seguro de los recursos públicos”, sostiene la ADRES, que también implementará un sistema digital obligatorio para radicar solicitudes a partir de septiembre de 2025. Hasta entonces, se permite un período de transición de dos meses con los canales físicos ya conocidos.

El procedimiento define plazos claros: las solicitudes deben presentarse entre el 1 y el 20 de cada mes. Si se radican después de esa fecha, serán procesadas al mes siguiente. Solo se permite una oportunidad para subsanar errores, lo que agiliza los procesos y evita dilaciones.

Otro avance clave es la publicación mensual en la página web de la ADRES del listado actualizado de beneficiarios con cuentas registradas o rechazadas, junto con los motivos. Esta medida favorece la transparencia y facilita la consulta pública.

La norma también establece la actualización obligatoria anual de los datos bancarios y la inactivación automática de cuentas inactivas o usadas solo una vez, lo que evita registros obsoletos que pueden representar un riesgo financiero o administrativo.

La resolución armoniza su aplicación con otros procesos misionales de la ADRES, como pagos por incapacidades, indemnizaciones por muerte, giros por eventos catastróficos, entre otros, logrando así una cobertura integral de todos los giros administrados por la entidad.

Además, la ADRES avanza en la adopción de estándares modernos de administración del riesgo. En convenio con la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), refuerza los mecanismos para prevenir lavado de activos y financiación del terrorismo, fortaleciendo su reputación institucional y la confianza ciudadana.

Con esta resolución, la ADRES consolida una transformación digital y normativa sin precedentes, que busca optimizar la administración de los recursos en salud en Colombia. Al integrar tecnología, control documental, gestión del riesgo y claridad operativa, se sientan las bases para una institución más eficiente, confiable y alineada con las exigencias del siglo XXI. Este avance marca una pauta en la lucha contra la corrupción y en la protección del dinero público destinado al bienestar de todos los colombianos.

La ADRES expidió la Resolución 0063609 de 2025, que regula el registro y modificación de cuentas bancarias de beneficiarios del sistema de salud. Esta medida unifica procesos, refuerza controles contra el fraude y exige trámites digitales, garantizando transparencia en el manejo de los recursos públicos del sector salud en Colombia.

#Tutorial registro y modificación cuentas bancarias ante ADRES

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